¿Quién se pensiona por Ley 73?
Quien empezó a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997. Para pensionarte necesitas al menos 500 semanas cotizadas y tener 60 años o más. Si te pensionas antes de los 65 (cesantía), recibes un porcentaje de la pensión completa: 75 % a los 60, 80 % a los 61, 85 % a los 62, 90 % a los 63 y 95 % a los 64.
Cómo se calcula
- Salario promedio: el promedio diario de tus últimas 250 semanas cotizadas, con un máximo de 25 UMA.
- Grupo de la tabla: ese salario se compara con el salario mínimo para saber qué porcentajes te tocan (artículo 167).
- Cuantía básica más incrementos: un porcentaje fijo, más un porcentaje extra por cada año que cotizaste después de las primeras 500 semanas.
- Ajustes: el porcentaje por tu edad, un aumento del 11 % y las asignaciones familiares (15 % por esposa o esposo, 10 % por cada hijo menor de 16 años, o 15 % de ayuda asistencial si no tienes familiares).
- Límites: la pensión no puede ser menor a la pensión mínima ni, en general, mayor a tu salario promedio más el 11 %.
Además, cada año recibes un aguinaldo de un mes de pensión.
¿Qué es la Modalidad 40?
Es una forma de seguir cotizando por tu cuenta cuando ya no tienes patrón, registrando un salario más alto (hasta 25 UMA). Como tu pensión se calcula con el promedio de tus últimas 250 semanas, pagar unos años con un salario alto puede subir mucho tu pensión. A cambio, pagas tú la cuota: en 2026 es el 14.438 % del salario que registres, y sube cada año hasta el 18.8 % en 2030.
Para entrar necesitas haber cotizado antes de 1997, tener al menos 52 semanas en los últimos 5 años y no tener más de 5 años dado de baja. No incluye servicio médico.
Importante antes de decidir
Esta calculadora usa el método oficial del IMSS y los valores de 2026, pero tu pensión real depende de tu historial exacto, del salario mínimo del año en que te pensiones y de reglas especiales. Si cotizaste antes de 1991, el IMSS también calcula tu pensión con un método anterior y te da el mayor, así que la tuya podría salir un poco más alta. Antes de pagar Modalidad 40, revisa tu caso con tu constancia de semanas y, si puedes, con un especialista.